- Gastos Notariales.
- Derechos de inscripción basándose en un capital inicial para la Fundación de US$10,000.
- Honorarios de Agente Residente por el primer año.
- Honorarios legales.
- Poder incluido en el Acta Fundacional (de ser requerido).
- Designación de un Protector, dentro del Acta Fundacional (de ser requerido).
- Traducción al Inglés del Acta Fundacional.
- Certificado de vigencia de la Fundación traducido al Inglés.
- Pago de la Tasa Única Anual de $350 por concepto del primer año de constitución.
- Un documento de ejemplo para emitir el Reglamento de la Fundación.
- Documentos oficiales certificados por Apostille y con traducciones oficiales al Inglés.
- Gastos de courier DHL.
- Impuesto por servicios.
- Haga click aquí para la lista de documentos incluidos en nuestro paquete.
Las Fundaciones en Panamá deben tener un consejo Fundacional similar a la junta directiva de una sociedad, en referencia a este punto usted tendría tres alternativas:
A. Designar su propio Consejo Fundacional (debe estar conformado por 3 personas).
B. Designar una Sociedad como Consejo Fundacional.
C. Utilizar nuestros servicios para nombrar un Consejo Fundacional Nominal.
Con el fin de obtener mayor privacidad podemos nombrar a los tres miembros del Consejo Fundacional requeridos por Ley. De esta manera el nombre del cliente no sería expuesto en el Acta fundacional. Habría un cargo adicional de US$300 por este servicio (US$100 por cada miembro designado).
En el caso de que usted utilice un Consejo Fundacional Designado, usted obtendría el control sobre la Fundación con un Poder General emitido en un documento privado separado, este documento generalmente nombra también al cliente como Protector de la Fundación. El costo por este documento emitido por medio de un documento aparte, debidamente certificado por Notario Público y Apostille será de US$100.
Total incluyendo un Consejo Designado + Poder; $1,675
Total nombrando usted su propio Consejo Fundacional; $1,245