No se necesita un abogado para abrir una cuenta bancaria en Panamá, sin embargo aunque entendemos que generalmente los clientes no quieren involucrarse en este tipo de procedimientos algo incómodos, desafortunadamente en la práctica, es necesario que el cliente se involucre directamente y esté en constante comunicación con el banco para poder abrir exitosamente una cuenta en Panamá, ¿por qué? Porque a los bancos se les exige por ley que deban conocer muy bien a todos sus clientes y porque ellos requerirán de mucha información interna a cerca de los negocios del cliente, información que únicamente el cliente podrá responder. Dicho esto, un abogado definitivamente podría asistir durante los procesos de apertura de la cuenta bancaria debido a que está familiarizado con los requisitos y seguramente podría ayudar con el seguimiento una vez que el cliente cumpla con la entrevista personal del banco y regrese a su país.
De acuerdo a nuevas regulaciones, a todos los bancos en Panamá se les exige que deben conocer muy bien a sus nuevos clientes, por esta razón será necesario que el cliente (firmante de la cuenta bancaria) venga personalmente a Panamá a una breve entrevista con el banco y para firmar los formularios de solicitud del banco.
Generalmente un viaje corto de uno o dos días hábiles es suficiente para este propósito. La entrevista con el banco y la firma de los documentos bancarios se pueden llevarse a cabo en uno o dos días hábiles, sin embargo, es importante aclarar que la cuenta bancaria no estaría abierta este mismo día, esto solo será el inicio del proceso, después de esto y si todos los requisitos están completos la solicitud de apertura de la cuenta tendría que pasar por el departamento de cumplimiento del banco y después, si todo está en orden, la cuenta es finalmente aprobada. Puede hacer seguimiento de dicho proceso hasta su culminación con el banco desde su país vía email o por teléfono, y si es necesario, nuestra firma podría asistirles para seguir el proceso hasta que la cuenta sea finalmente aprobada.
No, según las leyes bancarias en Panamá es requerido conocer personalmente a sus nuevos clientes, por lo tanto no sería posible. También aclaramos que nuestra firma solo proporciona recomendaciones bancarias, no proporcionamos servicios de apertura de cuentas bancarias ni nos involucramos directamente en los procesos de apertura de cuentas bancarias de nuestros clientes, los clientes deben gestionar y coordinar directamente sus servicios bancarios directamente con los bancos, nuestra firma solo puede asistirlo si es requerida alguna documentación por parte de la Sociedad o Fundación en Panamá. Si usted no puede viajar a Panamá para estos fines, sugerimos que intente abrir la cuenta bancaria en una tercera jurisdicción con requisitos más flexibles o en la cual no sea obligatoria una entrevista bancaria personal.
Esto va a depender de cada banco, sin embargo de acuerdo a nuestra experiencia, generalmente se tarda entre dos semanas a un mes (si se cumplen con todos los requisitos del banco). Una vez completada la entrevista con el banco, la firma de los formularios del banco y proporcionarle al banco todos los documentos de soporte necesarios, el departamento de cumplimiento del banco analizará toda la información y los documentos entregados, en este momento es cuando autorizarán la apertura de la cuenta si todo esta correcto. Los departamentos de cumplimiento de los bancos pueden solicitar información o documentos adicionales si lo considerasen necesario; en este caso, si usted ya no se encuentra presente en Panamá, nosotros podríamos asistirle entregando los documentos o información al banco.
Aparte de los documentos corporativos estándar, la firma de los formularios de apertura por el cliente y los Directores de la sociedad, el cliente necesitará generalmente; 2 referencias bancarias personales (pueden ser de cualquier país), 2 referencias comerciales (ejemplo: abogado, contador, clientes), completar los formularios bancarios referentes a actividades de la sociedad, balances aproximados, información personal, etc. Usualmente los bancos pedirán también los estados financieros o documentos para comprobar las fuentes de origen de los fondos.
Los bancos comprender que una sociedad nueva generalmente aun no tiene sus propias referencias. Por esta razón el banco solicita referencias personales del cliente o la persona que será firmante de la cuenta, que sería la persona clave para el banco.
Toda la información y documentos solicitados por los bancos son requeridos para los archivos privados del banco. Esta información se mantiene completamente privada y no es compartida con ningún país o institución, a menos que sea solicitada formalmente por o a través de una autoridad competente de Panamá.
No, de acuerdo a las políticas de nuestra firma no ofrecemos el servicio de actuar como firmantes de las cuentas bancarias de nuestros clientes. Tampoco los Directores designados por nuestra firma actúan como firmante de cuentas bancarias. El firmante de la cuenta bancaria deberá ser el cliente o alguien designado directamente por el cliente.
Entendemos que una cuenta bancaria es una parte crucial cuando se decide abrir una sociedad offshore y se selecciona una firma de abogados para que constituya su sociedad. No dude en contactarnos para cualquier otra consulta. Estaremos complacidos de atenderlo y guiarlo a través del proceso de apertura de una cuenta bancaria en Panamá.