Preguntas y Respuestas sobre las sociedades en Panama

Preguntas y Respuestas Generales sobres las Sociedades Anónimas en Panamá, su proceso de constitución, su mantenimiento, administración y temas relacionados con el manejo de las IBC en Panamá.

Índice Rápido | Preguntas sobre:

Sobre el trámite de la creación de la sociedad.

Cuanto tiempo toma registrar o constituir una sociedad anónima en Panamá?
Nuestra Firma puede tener lista la constitución de una nueva sociedad anónima Panameña en aproximadamente 4 o 5 días laborables.

En cuanto tiempo me llegan los documentos de la sociedad a mi país?
Una vez que la sociedad se ha inscrito debidamente en Panamá, le estaremos enviando los documentos vía Courier, nuestra Firma trabaja con las principales compañías; TNT, DHL, FedEx entre otras, por lo tanto, los documentos toman aproximadamente 2 días en llegar a su destino. Los costos de envío están incluidos en nuestros servicios, independientemente del lugar o país donde se encuentre el cliente.

Sobre la necesidad de estar en Panamá para crear la sociedad.

Es necesario estar personalmente en Panamá para constituir una Sociedad Anónima?
No es necesario. De acuerdo a nuestra ley, no es necesario que los interesados estén físicamente en Panamá para el propósito de constituir una Sociedad Anónima en Panamá.

Como es el proceso de no estar presentes en Panamá?
Usualmente la sociedad es constituida a través de dos suscriptores nombrados por nuestro Despacho. Una vez este constituida la sociedad se le traspasan al cliente todos los derechos adquiridos por dichos suscriptores.

Sobre el Capital Registrado de las Sociedades Anónimas.

Que es el Capital Registrado de la Sociedad?
El Capital Registrado, también conocido como Capital Autorizado, es una figura nominal la cual proyecta un estimado del valor de la sociedad. De acuerdo con nuestra ley, el Capital Registrado mínimo para constituir una sociedad es de US$10,000. Este capital no es necesario que sea pagado o depositado.

Es debe pagar o depositar de alguna forma el Capital Registrado de US$10,000?
No. Es importante aclarar que no es necesario que este capital sea pagado o depositado en ninguna de sus partes.

Es posible formar una sociedad en Panamá con una Capital Registrado mayor a los US$10,000?
Si es posible. Si usted desea puede constituir la sociedad con una Capital Registrado mayor a los $10,000 normalmente utilizados, se deberá pagar una impuesto adicional al momento de la inscripción dependiendo del capital registrado seleccionado. Es importante señalar que el costo adicional por dicho aumento es considerablemente bajo. Puede consultarnos cuanto sería el costo total tomando en cuenta el capital deseado y con mucho gusto le enviamos los costos totales detallados.

Se puede aumentar el Capital Registrado en un futuro, después que la sociedad este creada?
Si. Usted puede incrementar el Capital Registrado de la sociedad en un futuro si así lo desea, para esto será necesario hacer modificaciones en el pacto social de la sociedad inscrito en el Registro Público de Panamá. Nuestra Firma de Abogados, Mata & Pitti podrá asistirle con estos procedimientos.

Sobre las formas de pago y costo anuales para las sociedades.

Como pagamos por los servicios de formar una sociedad en Panamá?
Nuestro Firma ofrece varios opciones de pago para su conveniencia, dichos pagos pueden efectuase mediante; transferencias bancarias, tarjetas de crédito Visa / MasterCard, así como Western Union o empresas similares. También es posible hacer los pagos en efectivo o cheque en nuestras oficinas. Por favor contactarnos para mayor información e instrucciones sobre las formas de pago.

Cuál es el costo anual para mantener la sociedad en vigencia?
De acuerdo con nuestra ley, las Sociedades Anónimas deben pagar una tasa anual por $300, adicionalmente nuestra Firma cobra $200 en concepto de Agentes Residentes de la sociedad en Panamá. En caso de haber solicitado el servicio de Directores Nominativos u oficinas virtuales dichos servicios serán cobrados adicionalmente.

Quien paga la tasa anual de mi sociedad?
Nuestra Firma se encarga de hacer los pagos anuales de su sociedad al gobierno de Panamá. Con tiempo anticipado le informaremos vía email cuando se aproxima la fecha en que se deben hacer los pagos anuales para que pueda organzirar el pago con tiempo. Posteriormente, una vez efectuado el pago, le enviamos los comprobantes originales de pago, lose cuales indican que su sociedad está en vigencia y al día con sus pagos anuales al gobierno de Panamá y con nuestra Firma.

Sobre el pago de impuestos en Panamá para las Sociedades Offshore.

Es necesario presentar declaraciones de renta a las autoridades Panameñas?
No, de acuerdo a nuestra ley, la sociedad esta exenta de presentar declaraciones de renta si las actividades de la sociedad se realizan fuera del territorio de Panamá, es decir, cuando las sociedades son Offshore. Aclaramos que las Sociedades Anónimas y Offshore son el mismo tipo de estructura jurídica, el termino Offshore es solo para diferencias que la misma no opera comercialmente ni físicamente en el territorio de Panamá.

No realizo actividades comerciales en Panamá, pero tengo una cuenta bancaria en Panamá. Es necesario pagar impuestos por los intereses o dividendos que genere esta cuenta?
No. Los dividendos e intereses que genere su cuenta bancaria en Panamá no son sujetos al pago de impuestos de acuerdo a nuestra ley.

Sobre los libros de la sociedad.

Puedo mantener los libros de la sociedad en mi país o es necesario que estén en Panamá?
Nuestra legislación no requiere que los libros de la sociedad sean emitidos, llevados o estén en Panamá si la sociedad no opera físicamente en Panamá. Usted puede mantener estos libros en su país, de hecho, de acuerdo a nuestra ley, no es necesario que sean emitidos o sellados en Panamá, por lo tanto, estos libros pueden ser obtenidos en cualquier librería y pueden ser llevados también en formato electrónico. En otras palabras, el cliente puede adquirir estos libros y llevar los “records” por su propia cuenta y desde su propio país.

Sobre el Agente Residente de la sociedad.

Que es el Agente Residente de la sociedad?
De acuerdo a nuestra ley, las sociedades deben tener un Agente Residente en Panamá, dicho Agente Residente debe ser un Abogado en Panamá o una Firma de Abogados en Panamá. El Agente Residente normalmente es el encargado de pagar las tasas anuales de la sociedad en Panamá.

Quien será nombrado como Agente Residente de mi sociedad en Panamá?
Cuando se constituye una sociedad a través de nuestra Firma de Abogados, Mata & Pitti será el Agente Residente de la Sociedad en Panamá, como tales, le brindaremos la asistencia legal que necesite la sociedad en Panamá y nos encargaremos de hacer los pagos anuales necesarios para mantener la sociedad en vigencia.

Está incluido en los costos de creación de la sociedad el pago del Agente Residente?
Si están Incluidos. En nuestros costos de constitución están incluidos nuestros honorarios como Agentes Residentes de la sociedad por el primer año.

Puedo reemplazar al Agente Residente?
Si. Usted tendrá siempre la libertad de cambiar y nombrar un nuevo Agente Residente para su sociedad si así lo desea. En este caso será necesario modificar el pacto social de la sociedad inscrito en el Registro Público de Panamá. Usualmente el nuevo Agente Residente de la sociedad podrá hacerse cargo de esta modificación. De igual forma también es posible cambiar la administración de su sociedad y nombrar a nuestra Firma como nuevo Agente Residente de la misma. Nuestro Despacho con mucho gusto podrá brindarle la asistencia para hacer las modificaciones necesarias.

Sobre el Registro Público de Panamá.

Que es el Registro Público de Panamá?
Las Sociedades en Panamá deben ser registradas ante el Registro Público de Panamá, esta institución es la encargada de los registros de las sociedades, fundaciones y todos los demás procedimientos que por ley es necesario que sean emitidos de forma pública en Panamá.

El Pacto Social de mi sociedad será inscrito en el Registro Público?
Si. El pacto social de la sociedad anónima y la información contenida en el, será registrada en el Registro Público de Panamá, esta información será de carácter Público, incluyendo la identidad de los Directores y Dignatarios de la sociedad.

Y de no querer que nuestros nombres queden inscritos en el Registro Público?
Para efectos de proporcionar mayor privacidad a nuestros clientes y no exponer su identidad, nuestra Firma puede proporcionar el servicio de Directores Nominativos para su Sociedad Anónima Panameña o Fundación de Interés Privado. Otra opción seria nombrar personas de su confianza o equipo de trabajo como Directores / Dignatarios de la sociedad.

La identidad de los Accionistas será registrada en el Registro Público?
La identidad de los accionistas no es registrada. Es importante señalar que de acuerdo a nuestra ley, la información e identidad de los accionistas de la sociedad no es inscrita en el Registro Público de Panamá. Los certificados de acciones son emitidos de forma privada y la información de los accionistas de la sociedad es igualmente privada y no queda inscrita en ningún documento público.

Sobre los Directores y Dignatarios de la sociedad panameña.

Que es la Junta Directiva de la sociedad?
El manejo y administración de la sociedad es llevado por la junta directiva de la sociedad. De acuerdo con nuestra ley la Junta Directiva debe estar formada por un mínimo de 3 personas, mayores de edad, de cualquier nacionalidad, usualmente estos directores son nombrados también como dignatarios (ejemplo: Director-Presidente, Director-Secretario y Director-Tesorero).

La identidad de los 3 miembros de la Junta Directiva de la sociedad es Publica?
Si. El pacto social de la sociedad y la información contenida en el, incluyendo la identidad de los 3 Directores / Dignatarios de la sociedad es registrada en el Registro Público de Panamá y la misma es de carácter pública.

Es necesario que los accionistas sean Directores de la sociedad?
No es necesario que los miembros de la junta directiva de la sociedad sean accionistas de la sociedad, no obstante, si usted así lo desea los accionistas también pueden a su vez ser Directores.

Puedo ocupar el cargo de Presidente, Secretario y Tesorero de mi sociedad simultáneamente?
No es posible. De acuerdo a nuestra ley, las sociedades en Panamá deben estar formadas por un mínimo de 3 personas naturales o jurídicas, no es posible que una sola persona ocupe los 3 cargos requeridos.

Puedo nombrar mis propios directores? es necesario que sean Panameños o Residentes de Panamá?
Usted si puede nombrar sus propios directores. Los directores pueden ser de cualquier nacionalidad y de cualquier parte del mundo y no es necesario que sean residentes de Panamá.

Sobre el servicio de Directores Nominativos.

Es posible obtener el servicio de Directores Nominativos nombrados por su Despacho?
Si. Nuestra Firma proporciona este servicio, en este caso los 3 Directores nombrados son miembros de nuestro equipo de trabajo. Es importante señalar que dichos Directores no participarán de ninguna forma en las actividades de la sociedad.

Como mantengo el control de la sociedad en el caso de usar el servicio de Directores Nominativos?
En estos casos se emitirá un Poder General a su favor para que pueda actuar en nombre de la sociedad de forma individual, este documento es normalmente emitido mediante un documento privado debidamente autenticado para mantener su privacidad. Adicionalmente recordamos que el cliente, como accionista, es la máxima autoridad de la sociedad.

Es posible cambiar los Directores Nominativos o los Directores Nombrados por mí en un futuro?
Si. Es posible remover y reemplazar los Directores de la sociedad si usted lo desea. En este caso será necesario modificar el pacto social de la sociedad inscrito en el Registro Público de Panamá. Nuestra Firma podrá asistirle con estos procedimientos.

Proporciona su Firma cartas de renuncia de los Directors en los casos cuando se nombran Directores Nominativos?
Es correcto, para brindarle mayor tranquilidad y la libertad de reemplazar los directores nominativos en un futuro si así lo desea, nuestra Firma incluye en los documentos de la sociedad cartas de renuncia previamente firmadas por los Directores Nominativos.

Sobre los Accionistas de la sociedad y los Certificados de Acciones.

Es posible emitir certificados “al portador” para la sociedad?
Es correcto, de acuerdo a nuestra legislación es posible emitir las acciones al portador, también conocidas como “Bearer Shares”.

Que es un certificado de acción al portador?
Un certificado de acción al portador es un certificado de acción cuyo propietario es la persona que posee físicamente el certificado. Este certificado no tiene escrito el nombre del accionista, por lo tanto brinda un nivel adicional de privacidad y flexibilidad a la hora de transferir las acciones.

Cuál es la diferencia entre certificados nominales y certificados al portador?
La principal diferencia es que en las acciones al portador, el dueño de la sociedad es la persona que físicamente tiene la acción. En las acciones emitidas de forma nominal, el certificado de acción expresamente indica quien es el dueño de la acción. Tomando en consideración lo explicado anteriormente se puede señalar que las acciones emitidas al portador son más flexibles y fáciles de traspasar, no obstante, las acciones nominales brindan mayor seguridad. Es importante señalar que la mayoría de los bancos hoy en día prefieren trabajar con acciones nominales.

Son los accionistas la máxima autoridad de una sociedad?
Los Accionistas son la máxima autoridad de la sociedad, y sus decisiones están por encima de los Directores / Dignatarios de la Sociedad y del Agente Residente.

La identidad de los Accionistas será registrada en el Registro Público de Panamá?
No, de acuerdo a nuestra ley la información e identidad de los Accionistas de la sociedad no es inscrita en el Registro Público. Los certificados de acciones son emitidos siempre de forma privada y la información de los accionistas de la sociedad es totalmente privada, la misma no queda inscrita en ningún documento de carácter público.

Somos 2 socios, es posible tener 2 certificados de acciones o más?
Si. Es posible tener dos o más certificados de acciones, en este caso se pueden emitir dos certificados de 50% cada uno, o por ejemplo; 80% y 20%, usted puede elegir totalmente como se van a distribuir las acciones de la sociedad.

Sobre el nombre de la sociedad.

Como debe ser el nombre para una Sociedad Offshore Panameña?
El nombre para una Sociedad Anónima Panameña puede estar en cualquier idioma, no obstante debe terminar con la abreviación que indique que es una compañía, usualmente S.A. (Sociedad Anónima) Corp. o Inc. También es posible usar la abreviación en otros idiomas, ejemplo AG en alemán.

Como puedo saber si el nombre de la sociedad está disponible en Panamá?
Nuestra Firma puede confirmar la disponibilidad del nombre propuesto para la sociedad en el Registro Público de Panamá sin ningún costo. Por favor enviar a nuestro correo mp@matapitti.com el nombre que desea y le estaremos confirmando lo resultados lo antes posible.

Sobre la apertura de una cuenta bancaria para la sociedad.

Puedo abrir una cuenta bancaria para la sociedad en un banco fuera de Panamá?
Si. De acuerdo a nuestra ley, una sociedad panameña puede abrir una cuenta bancaria en cualquier lugar del mundo, el país que desee y en cualquier banco que usted seleccione.

Puedo abrir una cuenta bancaria para la sociedad con los documentos que me proporcionan?
Si. En nuestro paquete de constitución están incluidos los documentos usualmente solicitados para abrir una cuenta corporativa. No obstante, cada banco tiene diferentes requisitos por lo que es posible que en algunos casos soliciten alguna documentación especial adicional, si este fuera el caso, nuestra Firma con mucho gusto lo asistirá para que pueda cumplir con todos los requisitos que exige su banco.

Sobre la apertura de una cuenta bancaria para la sociedad panameña en Panamá.

Es posible abrir una cuenta bancaria en Panamá a nombre de la sociedad?
Si es posible.

Es posible abrir una cuenta bancaria en Panamá, incluso cuando la sociedad no va a operar en Panamá?
Si es posible.

Es una desventaja abrir una cuenta bancaria en la misma jurisdicción de la sociedad, en este caso Panamá?
Realmente depende de cada jurisdicción y sus leyes bancarias. De acuerdo a nuestra experiencia si brinda un nivel adicional de protección el tener la cuenta bancaria de una sociedad panameña en una tercera jurisdicción. No obstante, La República de Panamá cuenta con un centro financiero internacional de primer orden y brinda importantes ventajas tanto a nacionales como extranjeros, las cuentas bancarias en Panamá son abiertamente usadas en la comunidad internacional para llevar a cabo operaciones mercantiles y financieras.

Brinda su Firma el servicio de apertura de cuentas en Panamá?
Nuestra Firma puede referirle bancos en Panamá y también brindar el servicio de actuar como intermediarios entre usted y el banco si así lo desea, no obstante, el cliente deberá cumplir con una serie de requisitos exigidos por los bancos y la respuesta final dependerá siempre del banco. Como mencionamos arriba, nuestro Despacho solo actúa como mediador en estos procesos. Nuestra Firma también puede asistir en caso de que el banco requiera algún documento especifico por parte de la sociedad.

Necesito ir personalmente a Panamá para abrir una cuenta a nombre de la sociedad?
Realmente depende de los requisitos de cada banco. De acuerdo a nuestra ley, los bancos en Panamá están obligados a conocer bien a sus clientes, por esta razón es aconsejable que el cliente venga a Panamá para entrevistarse con el banco. Esto facilita considerablemente el proceso de apertura de la cuenta. Usualmente un viaje corto de uno o dos días es suficiente para cumplir este propósito.

Qué tal si no puedo ir personalmente a Panamá para abrir la cuenta bancaria?
En este caso también es posible abrir la cuenta bancaria, no obstante, esto depende de cada banco. El proceso va a ser un poco más demorado y complejo ya que el banco puede solicitar mayor información o documentación para conocer mejor al cliente. En este caso usualmente la documentación requerida por el banco se deberá autenticar mediante consulado de Panamá o Apostille.

Es necesario contratar un Abogado o una Firma de Abogados para abrir una cuenta a nombre de la sociedad en Panamá?
No es necesario. Usted puede tramitar la apertura de la cuenta bancaria para la sociedad directamente. No obstante, debido a que es un proceso que involucra tiempo, completar formularios y bastante comunicación con el banco, algunos clientes prefieren contratar los servicios de un abogado para que les asista con este trámite.

Cuanto demora el procedimiento de abrir una cuenta bancaria en Panamá?
De acuerdo a nuestra experiencia, si toda la información y documentación proporcionada al banco está en orden la cuenta puede ser aprobada en aproximadamente 2 semanas, no obstante esto dependerá exclusivamente del banco y de cada caso.

Que documentos requiere el banco para abrir una cuenta bancaria a nombre de una sociedad en Panamá?
Será necesario proporcionar por parte del firmante de la cuenta; referencias bancarias personales, referencias comerciales personales, estados financieros o documentación que prueben sus ingresos o el origen de los fondos y documentación que pruebe el negocio o las actividades que va a realizar la sociedad. Por favor contactarnos para conocer más acerca de este procedimiento y los requisitos completos solicitados por los bancos en Panamá.

Si la sociedad es nueva como puedo presentar referencias bancarias o comerciales?
Los bancos entienden que la sociedad es nueva, por lo tanto las referencias bancarias y comerciales solicitadas normalmente deben ser personales del firmante de la cuenta.

Es la información y documentación que presento al banco privada?
Si. Toda la información proporcionada al banco es tratada con un máximo nivel de privacidad y confidencialidad.

Tiene alguna otra pregunta?

Entendemos que pueden surgir muchas preguntas adicionales sobre el proceso de crear una sociedad en Panamá y aspectos relacionados con la misma. Por favor no duden en contactarnos para cualquier aclaración o pregunta adicional. Nuestra Firma de Abogados, Mata & Pitti con mucho gusto lo guiarán a través del proceso de formar y manejar su sociedad offshore en Panamá.